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ACTIVIDAD ECONÓMICA

Conjunto de acciones que tienen como objeto la producción, distribución y consumo de bienes y servicios para satisfacer las necesidades materiales y sociales.

ACTOS DE COMERCIO

Todos aquéllos actos que están regidos por la legislación mercantil, sometidos a jurisdicción de los tribunales de lo mercantil.

ADMINISTRACION PÚBLICA

Todos los departamentos, oficinas y otros, que son órganos o instrumentos de las autoridades públicas centrales y locales, ya se financien con fondos del presupuesto ordinario o extraordinario o con fondos extrapresupuestarios

ADUANA

Oficina pública instalada en los puertos, pasos fronterizos de ferrocarriles, de carreteras aeropuertos, para registrar el tráfico internacional, las mercancías que se importan o exportan y para cobrar los derechos correspondientes según los aranceles en vigor

ANTICIPO

La ejecución de una obligación o más concretamente la entrega de una cantidad de dinero cuando el deudor u obligado cumple antes de vencer el plazo concedido o fijado

ARANCEL ADUANERO

Ordenamiento sistemático de mercancías con los respectivos tributos que les son aplicables, en las destinaciones de importación o de exportación

AUTORIDAD ADUANERA

Persona natural que en virtud de la ley en ejercicio de sus funciones, tiene la facultad para exigir y controlar el cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en materia aduanera.

BALANCE GENERAL

Balance General es el estado financiero que muestra la situación financiera a una fecha determinada de un ente económico, incluyendo y describiendo debidamente todos los activos, pasivos y patrimonio de conformidad a principios de contabilidades generalmente aceptadas

CONFISCACIÓN

Acción y efecto de confiscar, de privar a alguien de sus bienes y aplicarlos al Fisco, previa tasación e indemnización del valor de lo expropiado.

CONTRABANDO

Delito aduanero que consiste en pasar clandestinamente, por cualquier medio, mercancías por la frontera aduanera, sustrayéndolas así al control de la aduana

CONTRIBUYENTE

La persona que abona o satisface las contribuciones o impuestos del Estado, o el municipio, en virtud de realizar derechos que hagan surgir la obligación tributaria a satisfacer.

CONTRIBUCION ESPECIAL

Es la prestación en dinero establecida por el Estado conforme a la ley con carácter obligatorio, a cargo de personas naturales o jurídicas, por el beneficio especial que supone para ellas la realización de una actividad estatal de interés general o porque ellas han provocado dicha actividad, que debe destinarse a sufragar los gastos de esa misma actividad.

COSTO

Erogación o desembolso de efectivo en otro bien, en acciones de capital o en servicios, o la obligación de incurrir en ella.

CRÉDITO PÚBLICO

La capacidad, que por su credibilidad, tiene el Estado de endeudarse mediante operaciones especificas en la materia.

DECLARACION DE ADUANA

Acto por el cual se proporciona en la forma prescrita y aceptada por la aduana, las informaciones requeridas por ella.

DECLARACION DE MERCANCIAS

Manifestación en la forma prescrita por la aduana, por la que los interesados indican el régimen aduanero que se ha de aplicar a las mercancías y proporcionan los datos que la aduana exige para la aplicación de este régimen

DECLARACION JURADA

Manifestación hecha bajo juramento, y generalmente por escrito, acerca de diversos puntos que han de surtir efectos ante las autoridades administrativas o judiciales

DECOMISO

Es el acto de transferir la tenencia de la mercancía del dueño, consignatario o tenedor legal a la aduana por violaciones a la Ley o por tratarse de artículos cuya importación o exportación esté prohibida

DEFRAUDACIÓN TRIBUTARIA

Infracción que se constituye como toda simulación, ocultación, maniobra o cualquiera otra forma de fraude que induce en error al Fisco, del que resulta un provecho indebido para el contribuyente o un tercero y un perjuicio para el Fisco en su derecho a la percepción íntegra del Impuesto establecido

DELITO FISCAL

Infracción de las leyes impositivas, en forma de actos tendientes al incumplimiento del deber tributario, cuando se esta reprimida con multas o penas privativas de la libertad

DENUNCIA

Acto por medio del cual se da conocimiento a la autoridad, por escrito o verbalmente, con el objeto de que ésta proceda a su averiguación y corrección

DERECHO TRIBUTARIO FORMAL

Es aquél que suministra las reglas de cómo debe procederse para que el tributo legislativamente creado se transforme en tributo Fiscalmente percibido, Ejemplo: Presentar la declaración jurada de impuesto

DERECHO TRIBUTARIO MATERIAL O SUSTANTÍVO

Conjunto de normas jurídicas que disciplinan la relación jurídico tributaria y su nacimiento, los elementos que configuran el hecho generador del tributo, entre otras.

DEVOLUCIÓN O REPETICION DE LOS IMPUESTOS

Procede cuando los contribuyentes liquiden saldos a favor en sus declaraciones tributarias o efectúen pagos por impuestos o accesorios, anticipos o retenciones indebidos o en exceso, acción que puede ejercerse dentro de los dos años de presentación de declaración o del pago indebido.

D.G.A

Dirección General de Aduanas.

D.G.C.G

Dirección General de Contabilidad Gubernamental

D.G.I.I

Dirección General de Impuestos Internos.

D.G.P

Dirección General de Presupuesto

D.G.T

Dirección General de Tesorería

DOMICILIO FISCAL

El domicilio (real o legal) consignado en las declaraciones juradas o en los formularios respectivos que a los fines impositivos, presenta el contribuyente ante la autoridad competente

EJERCICIO FISCAL

Es el periodo comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre de cada año, para el cumplimiento de alguna obligación sea formal o sustantiva para los propósitos fiscales

EXPORTACIÓN

Transferencias de dominio definitivas de bienes muebles corporales, destinadas al uso y consumo en el exterior y las prestaciones de servicios realizadas en el país, a usuarios que no tienen domicilio ni residencia en él y los servicios estén destinados a ser utilizados exclusivamente en el extranjero.

FONDOS PÚBLICOS

Son los ingresos provenientes de la aplicación de las leyes, reglamentos y disposiciones relativas a impuestos, tasas, derechos, compensaciones y otros tributos, así como los que resulten de operaciones comerciales, donativos o de cualquier otro título y que pertenezcan al Estado o a las municipalidades

IMPUESTOS

Tributo obligatorio, sin contraprestación, no recuperables, recaudadas por el Estado o las municipalidades con fines públicos

IMPUESTO SOBRE LA RENTA

Tributo que se causa por la percepción de ingresos de las personas naturales o jurídicas que la ley del Impuesto sobre la Renta considera como sujetas del mismo

IMPUESTO A LA TRANSFERENCIA DE BIENES RAÍCES

Tributo que se causa cuando se adquiere un inmueble cuyo valor sea superior al establecido como exento por la ley

LEGAL

Ajustado a la Ley, y por ello lícito, permitido por Derecho

MULTA FISCAL

La imposición de penas pecuniarias o privativas de libertad en los casos más graves.

PERSONA JURÍDICA

Aquella persona abstracta, ficticia, artificial, civil o mercantil, incorporal sujeto de derechos y obligaciones.

PRESUPUESTO

Es el instrumento en el cual se asignan recursos para el cumplimiento de los objetivos establecidos en los fines o funciones de una institución

PRESUPUESTO PÚBLICO

Es el instrumento de gestión para proyectar los ingresos y gastos públicos, que permite cumplir con la prestación de los bienes y servicios indispensables para la satisfacción de las necesidades de la población, de conformidad con el rol del Estado.

RENTAS

Ingresos regulares que produce un trabajo, una propiedad u otro derecho, una inversión de capital, dinero o privilegio

SUJETO PASIVO DE LA RELACIÓN JURÍDICA TRIBUTARIA

El sujeto pasivo de la obligación fiscal es la persona denominada contribuyente o responsable (persona natural o jurídica, nacional o extranjera) que conforme a la ley debe satisfacer una prestación determinada a favor del Fisco, ya sea propia o de un tercero, o bien se trate de una obligación fiscal formal o sustantiva

TESORERIA

La dependencia responsable de las actividades relacionadas con el ingreso, manejo, custodia y salida de los fondos y valores que administran los fondos públicos

TESORO NACIONAL

El que forma el Estado para atender los gastos de la Nación

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