ACTIVIDAD ECONÓMICA
Conjunto de acciones que tienen como objeto la producción, distribución y consumo de bienes y servicios para satisfacer las necesidades materiales y sociales.
ACTOS DE COMERCIO
Todos aquéllos actos que están regidos por la legislación mercantil, sometidos a jurisdicción de los tribunales de lo mercantil.
ADMINISTRACION PÚBLICA
Todos los departamentos, oficinas y otros, que son órganos o instrumentos de las autoridades públicas centrales y locales, ya se financien con fondos del presupuesto ordinario o extraordinario o con fondos extrapresupuestarios
ADUANA
Oficina pública instalada en los puertos, pasos fronterizos de ferrocarriles, de carreteras aeropuertos, para registrar el tráfico internacional, las mercancías que se importan o exportan y para cobrar los derechos correspondientes según los aranceles en vigor
ANTICIPO
La ejecución de una obligación o más concretamente la entrega de una cantidad de dinero cuando el deudor u obligado cumple antes de vencer el plazo concedido o fijado
ARANCEL ADUANERO
Ordenamiento sistemático de mercancías con los respectivos tributos que les son aplicables, en las destinaciones de importación o de exportación
AUTORIDAD ADUANERA
Persona natural que en virtud de la ley en ejercicio de sus funciones, tiene la facultad para exigir y controlar el cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en materia aduanera.
BALANCE GENERAL
Balance General es el estado financiero que muestra la situación financiera a una fecha determinada de un ente económico, incluyendo y describiendo debidamente todos los activos, pasivos y patrimonio de conformidad a principios de contabilidades generalmente aceptadas
CONFISCACIÓN
Acción y efecto de confiscar, de privar a alguien de sus bienes y aplicarlos al Fisco, previa tasación e indemnización del valor de lo expropiado.
CONTRABANDO
Delito aduanero que consiste en pasar clandestinamente, por cualquier medio, mercancías por la frontera aduanera, sustrayéndolas así al control de la aduana
CONTRIBUYENTE
La persona que abona o satisface las contribuciones o impuestos del Estado, o el municipio, en virtud de realizar derechos que hagan surgir la obligación tributaria a satisfacer.
CONTRIBUCION ESPECIAL
Es la prestación en dinero establecida por el Estado conforme a la ley con carácter obligatorio, a cargo de personas naturales o jurídicas, por el beneficio especial que supone para ellas la realización de una actividad estatal de interés general o porque ellas han provocado dicha actividad, que debe destinarse a sufragar los gastos de esa misma actividad.
COSTO
Erogación o desembolso de efectivo en otro bien, en acciones de capital o en servicios, o la obligación de incurrir en ella.
CRÉDITO PÚBLICO
La capacidad, que por su credibilidad, tiene el Estado de endeudarse mediante operaciones especificas en la materia.
DECLARACION DE ADUANA
Acto por el cual se proporciona en la forma prescrita y aceptada por la aduana, las informaciones requeridas por ella.
DECLARACION DE MERCANCIAS
Manifestación en la forma prescrita por la aduana, por la que los interesados indican el régimen aduanero que se ha de aplicar a las mercancías y proporcionan los datos que la aduana exige para la aplicación de este régimen
DECLARACION JURADA
Manifestación hecha bajo juramento, y generalmente por escrito, acerca de diversos puntos que han de surtir efectos ante las autoridades administrativas o judiciales
DECOMISO
Es el acto de transferir la tenencia de la mercancía del dueño, consignatario o tenedor legal a la aduana por violaciones a la Ley o por tratarse de artículos cuya importación o exportación esté prohibida
DEFRAUDACIÓN TRIBUTARIA
Infracción que se constituye como toda simulación, ocultación, maniobra o cualquiera otra forma de fraude que induce en error al Fisco, del que resulta un provecho indebido para el contribuyente o un tercero y un perjuicio para el Fisco en su derecho a la percepción íntegra del Impuesto establecido
DELITO FISCAL
Infracción de las leyes impositivas, en forma de actos tendientes al incumplimiento del deber tributario, cuando se esta reprimida con multas o penas privativas de la libertad
DENUNCIA
Acto por medio del cual se da conocimiento a la autoridad, por escrito o verbalmente, con el objeto de que ésta proceda a su averiguación y corrección
DERECHO TRIBUTARIO FORMAL
Es aquél que suministra las reglas de cómo debe procederse para que el tributo legislativamente creado se transforme en tributo Fiscalmente percibido, Ejemplo: Presentar la declaración jurada de impuesto
DERECHO TRIBUTARIO MATERIAL O SUSTANTÍVO
Conjunto de normas jurídicas que disciplinan la relación jurídico tributaria y su nacimiento, los elementos que configuran el hecho generador del tributo, entre otras.
DEVOLUCIÓN O REPETICION DE LOS IMPUESTOS
Procede cuando los contribuyentes liquiden saldos a favor en sus declaraciones tributarias o efectúen pagos por impuestos o accesorios, anticipos o retenciones indebidos o en exceso, acción que puede ejercerse dentro de los dos años de presentación de declaración o del pago indebido.
D.G.A
Dirección General de Aduanas.
D.G.C.G
Dirección General de Contabilidad Gubernamental
D.G.I.I
Dirección General de Impuestos Internos.
D.G.P
Dirección General de Presupuesto
D.G.T
Dirección General de Tesorería
DOMICILIO FISCAL
El domicilio (real o legal) consignado en las declaraciones juradas o en los formularios respectivos que a los fines impositivos, presenta el contribuyente ante la autoridad competente
EJERCICIO FISCAL
Es el periodo comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre de cada año, para el cumplimiento de alguna obligación sea formal o sustantiva para los propósitos fiscales
EXPORTACIÓN
Transferencias de dominio definitivas de bienes muebles corporales, destinadas al uso y consumo en el exterior y las prestaciones de servicios realizadas en el país, a usuarios que no tienen domicilio ni residencia en él y los servicios estén destinados a ser utilizados exclusivamente en el extranjero.
FONDOS PÚBLICOS
Son los ingresos provenientes de la aplicación de las leyes, reglamentos y disposiciones relativas a impuestos, tasas, derechos, compensaciones y otros tributos, así como los que resulten de operaciones comerciales, donativos o de cualquier otro título y que pertenezcan al Estado o a las municipalidades
IMPUESTOS
Tributo obligatorio, sin contraprestación, no recuperables, recaudadas por el Estado o las municipalidades con fines públicos
IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Tributo que se causa por la percepción de ingresos de las personas naturales o jurídicas que la ley del Impuesto sobre la Renta considera como sujetas del mismo
IMPUESTO A LA TRANSFERENCIA DE BIENES RAÍCES
Tributo que se causa cuando se adquiere un inmueble cuyo valor sea superior al establecido como exento por la ley
LEGAL
Ajustado a la Ley, y por ello lícito, permitido por Derecho
MULTA FISCAL
La imposición de penas pecuniarias o privativas de libertad en los casos más graves.
PERSONA JURÍDICA
Aquella persona abstracta, ficticia, artificial, civil o mercantil, incorporal sujeto de derechos y obligaciones.
PRESUPUESTO
Es el instrumento en el cual se asignan recursos para el cumplimiento de los objetivos establecidos en los fines o funciones de una institución
PRESUPUESTO PÚBLICO
Es el instrumento de gestión para proyectar los ingresos y gastos públicos, que permite cumplir con la prestación de los bienes y servicios indispensables para la satisfacción de las necesidades de la población, de conformidad con el rol del Estado.
RENTAS
Ingresos regulares que produce un trabajo, una propiedad u otro derecho, una inversión de capital, dinero o privilegio
SUJETO PASIVO DE LA RELACIÓN JURÍDICA TRIBUTARIA
El sujeto pasivo de la obligación fiscal es la persona denominada contribuyente o responsable (persona natural o jurídica, nacional o extranjera) que conforme a la ley debe satisfacer una prestación determinada a favor del Fisco, ya sea propia o de un tercero, o bien se trate de una obligación fiscal formal o sustantiva
TESORERIA
La dependencia responsable de las actividades relacionadas con el ingreso, manejo, custodia y salida de los fondos y valores que administran los fondos públicos
TESORO NACIONAL
El que forma el Estado para atender los gastos de la Nación